Tener cartel de alarma sin tenerla: ¿es un problema?
Poner una pegatina simple de “Alarma” en la puerta de tu negocio u hogar puede parecer un detalle trivial o un gesto sencillamente disuasorio. Y sí, a veces funciona, pero también puede meterte en líos si no eliges bien qué cartel pones y cómo lo usas.
El problema puede ocurrir cuando, en tu pegatina, aparece el nombre o el logo de una empresa se seguridad concreta.
En este post te explicamos lo que debes hacer, si quieres advertir de la vigilancia, y los inconvenientes que debes evitar.
Contenido
¿Qué ocurre al poner pegatina de alarma sin instalarla?
Lo primero que debes saber es que un cartel puede disuadir. No hace magia, pero a un ladrón oportunista le puede bastar para pasar a la siguiente puerta sin pensárselo.
Ahora bien, si el cartel incluye marca, logotipo o referencias claras a una empresa de seguridad, la cosa cambia.
Ahí ya no estás poniendo un simple aviso, sino que estás usando un distintivo ajeno para dar a entender que tienes un servicio contratado.
Esto encaja con una prohibición bastante directa: la Ley de Seguridad Privada prohíbe la prestación o publicidad de servicios de seguridad privada por parte de quien no esté autorizado o no haya presentado la declaración responsable correspondiente.
Por ello, si quieres hacer entender que hay una empresa detrás de la seguridad de tu negocio, sin que esto sea así en realidad, puedes acabar teniendo que dar explicaciones.
Un cartel falso puede darte una falsa tranquilidad, pues te relaja y bajas la guardia, pero puede jugar en tu contra si no provocas alerta. Además, hay pegatinas que no cuelan o están mal colocadas, por lo que hasta para engañar debes hacerlo bien.
Lo más fiable es que contrates un servicio de alarmas en Granada, para mantener tu espacio seguro y evitar transmitir señales contradictorias que pongan en peligro tanto tu seguridad como tu honestidad.
¿Cuánto es la multa por cartel de alarma falso?
Esto depende del tipo de letrero engañoso que utilices. Si hablamos de usar el logo o la marca de una empresa sin permiso, el riesgo más claro suele venir por vía de marcas.
La Ley de Marcas prevé que, cuando un tribunal condena a cesar en el uso indebido de una marca, puede fijar una indemnización coercitiva, no inferior a 600 euros por día, hasta que se deje de usar.
¡Ojo con esto!, no se trata de una multa automática que te llegue por llevar la pegatina puesta una tarde. Normalmente requiere reclamación y un procedimiento donde se ordena cesar.
Aun así, el mensaje es evidente: usar una marca ajena puede salir caro si la empresa decide actuar.
En cuanto al Código Penal, cabe destacar que contempla penas por delitos contra la propiedad industrial cuando hay fines industriales o comerciales y uso de signos distintivos sin consentimiento, con penas de y multas dependiendo del caso.
Esto suele tener más recorrido si hablamos de negocios, locales o actividades donde el cartel se usa para dar una imagen de seguridad o atraer clientes.
En una vivienda particular, lo habitual es que el conflicto, si lo hubiera, se mueva antes por advertencias o reclamaciones civiles. No obstante, el riesgo existe si estás usando una marca registrada.
La Ley de Seguridad Privada también recoge rangos de sanciones administrativas en distintos supuestos, con importes que van desde cientos hasta miles, según el tipo de infracción y a quién afecte.
No significa que por una pegatina te vaya a caer esa cifra, pero debes tener en cuenta que el marco sancionador es real y conviene no jugar con fuego.
¿Dónde colocar la pegatina de alarma?
Si ya dispones de una alarma, o vas a instalarla, colocar bien el aviso tiene sentido.
Piensa en dos objetivos:
- Se tiene que ver rápido.
- No ha de desvelar demasiada información.
Dónde suele funcionar mejor
Lo ideal es que coloques la pegatina en el acceso principal, a la altura de los ojos. También puede ir bien en una puerta exterior o cristal cercano, donde se lea desde fuera, o bien, en un segundo punto visible si hay un acceso alternativo como patio, garaje o puerta lateral.
Hacer más no siempre es mejor, porque si empapelas la fachada, puedes parecer una persona nerviosa y eso también comunica.
Qué deberías evitar
Nunca recurras a pegatinas que indiquen modelo, tecnología o frases del tipo “conectado a…”, si no es verdad.
Tampoco uses carteles que parezcan deteriorados o despegados, ya que si están medio caídos se va el efecto disuasorio.
Colocarlo donde solo se ve cuando ya estás dentro del portal o del jardín, no tiene sentido igualmente, pues ahí llegas tarde.
Y, aunque esto no sea tan llamativo, lo que de verdad resulta útil es acompaña el cartel con hábitos básicos, como luces con sensor o una buena cerradura.
Por último, evita anunciar ausencias en redes, ¡el cartel no compensa lo demás!
Cartel genérico de alarma
Aquí viene la alternativa sensata si lo que buscas es disuadir sin meterte en líos: un cartel genérico.
Un cartel que indique “Alarma” o “Sistema de seguridad” sin marca, sin logo y sin referencias a empresas, suele ser mucho menos problemático porque no estás usando derechos de terceros ni atribuyéndote un contrato concreto.
Eso sí, plantéatelo con honestidad; si lo pones “por si cuela”, entiende que es solo un parche y no sustituye una instalación real, ni te asegura una respuesta ante una intrusión.
Si algún día pasa algo, lo último que quieres es descubrir que tu plan era solo una pegatina.
En definitiva, recuerda que, si aparece el nombre de una empresa, no puedes usarlo sin contrato ni autorización pues, como hemos visto, la Ley de Seguridad Privada marca límites claros sobre cómo se publicita un servicio de seguridad y la Ley de Marcas protege el uso de signos distintivos, con mecanismos que pueden ser muy costosos si se judicializa.





