Normativa de drones en España
¿Utilizas dron, por ocio o trabajo, y tienes lagunas sobre la normativa vigente? En este post vamos a resolver tus dudas, para que sepas los requisitos básicos de las operaciones.
El organismo encargado de regular el uso de drones en España es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Desde que se comercializaran los primeros UAS en España, han ido cambiando algunas reglas para su utilización.
Tanto si ya tienes un dron como si quieres familiarizarte con su uso, te informamos de las categorías de drones existentes y los detalles que debes conocer sobre su actual reglamento.
Contenido
¿Cuándo entró en vigor la nueva normativa?
El 1 de enero de 2024 entró en vigor el marcado de clase de UAS (Unmanned Aerial System), “Sistema Aéreo No Tripulado”, así como la identificación a distancia directa del RD (UE) 2019/945.
La normativa actual reúne una serie de cambios que permiten la adaptación del vuelo de drones a la normativa europea. También, se ajusta a las necesidades del sector aeronáutico, aportando un carácter estable y seguridad jurídica en las operaciones.
Las categorías de drones
Existen tres categorías operacionales, contempladas por AESA, a la hora de volar un dron:
Categoría abierta
Considera el riesgo muy bajo, con motivo de operaciones que no requieren previa autorización ni aviso. Engloba las subcategorías: A1, A2 y A3.
Categoría específica
Se considera para un riesgo medio, que implica operaciones con previa autorización de AESA o declaración operacional para escenarios estándar.
Categoría certificada
Es requerida para operaciones de mayor riesgo, que necesitan las certificaciones del UAS y del operador, así como una licencia de piloto remoto.
Permisos para volar un dron
Respecto a la Normativa anterior en nuestro país, la actual ya no distingue entre drones utilizados por ocio o para fines laborales.
Actualmente, para utilizar drones con peso a partir de 250 gramos se requiere un certificado que acredite formación, permitiendo así que sus personas usuarias puedan volarlos en las distintas categorías establecidas, bajo los conocimientos exigidos.
En base a ello, es obligatorio aprobar el examen de Nivel 1 o Nivel 2 en AESA para volar drones en la categoría abierta, (en función del riesgo).
En el caso de la categoría específica, se necesita aprobar el examen de Nivel 3 de AESA, para volar en los lugares asociados a esta.
Asimismo, independientemente de la categoría de vuelo, quienes utilizan un dron han de atenerse al marcado de clase y a los escenarios contemplados bajo Normativa europea.
En el caso de la categoría específica, además, existen una serie de requisitos concretos de operación.
¿Qué drones llevan DRI?
Se conoce el DRI (Direct Remote Identificación) como un Sistema de Identificación Remota para saber cuál es el número de operador sin que sea físicamente requerido el dron.
Este sistema hace posible que los drones puedan volar en un entorno más seguro, bajo la regulación existente. A su vez, facilita que las UAS puedan coexistir con otras aeronaves y actividades del espacio aéreo.
La identificación electrónica, para identificar drones a distancia, es obligatoria en determinados vuelos. Sobre todo, si se realizan en entornos urbanos y categorías específicas.
En el caso de los vuelos realizados en categoría abierta por drones con marcado de clase C1, C2 y C3, también deben contar con un Electronic ID.
¿Se pueden volar drones sin licencia?
Puede que pienses que haya algún tipo de dron con permisividad de vuelo sin licencia, pero la realidad es diferente.
Si los drones tienen un peso inferior a 250 gramos, la legislación para su uso es más flexible, pero tienes que cumplir los siguientes requisitos de seguridad:
- Superación del examen de AESA Nivel 1, para volar el dron en las subcategorías A1 y A3 de categoría abierta.
- No elevar el dron a más de 120 metros de altura, desde el suelo, ni superar los 50 metros de distancia horizontal.
- Evitar sobrevolar Parques Nacionales, ni territorios donde se protege fauna, como pueden ser las Reservas de la Biosfera.
- No volar en radios de 8 Km que correspondan a aeropuertos, aeródromos o espacios aéreos controlados.
- Respetar la Ley de Protección de Datos y el derecho al honor e Intimidad personal y familiar, y a la propia imagen.
- El dron debe disponer de un marcado de clase C0.
- Contar con un seguro de responsabilidad civil del UAS.
Con premisas de protección, la Normativa de los drones se ha ido perfilando en España. Por supuesto, esta aborda normas importantes en materia de seguridad.
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